
La impunidad es perniciosa para una sociedad porque rompe la credibilidad y la confianza en la legalidad. Al garantizar la impunidad, los conflictos sociales serán solucionados siempre en favor de quien tenga más poder político, económico o social. Es muy claro, entonces, quién o quiénes son los interesados en el mantenimiento de un régimen de impunidad. Por otra parte, la impunidad tiene múltiples formas de operar, desde la inutilidad del sistema de justicia, por ignorancia, corrupción o desidia, hasta llegar a su manifestación más perversa que es la creación de un régimen legal que la apoye y justifique. Esta es la situación más grave precisamente porque el Estado, que a lo largo de la historia expropió los conflictos humanos para justificar la existencia de la Administración de Justicia, ahora usa uno de sus instrumentos más valiosos -la ley- para negar una de sus razones de existencia. En realidad la impunidad es un suicidio del sistema político. Debería preocupar en exceso a quienes tienen un mínimo interés por las cosas públicas. En el caso de El Salvador, ello pasó con la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz (en adelante "Ley de Amnistía").
La Ley de Aministía es un fantasma, en un doble sentido: primero porque como buen fantasma, no es más que la recreación -más o menos consciente- de un muerto entre los vivos; segundo porque es algo que despierta los miedos y temores, como el fantasma que a mediados del siglo XIX recorrió a Europa. La Ley de Amnistía fue creada como reacción del Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, memorable documento atinadamente llamado "De la Locura a l

Olvidan algunas personas, especialmente aquellas que hoy pretenden levantar como triunfante escudo a la Ley de Amnistía, que la Sala de lo Constitucional mediante la Sentencia de Inconstitucionalidad 24-97 y 21-98 (acumulados) dijo muy claramente que la amnistía concedida ... es aplicable únicamente en aquellos casos en los que... no impida la protección en la conservación y defensa de los derechos de la víctima o sus familiares, es decir cuando se trata de delitos cuya investigación no persigue la reparación de un derecho fundamental. De esta manera no es cierto que sea necesaria una derogación de la Ley de Amnistía para juzgar a los culpables de las violaciones a los derechos humanos sucedidas en el pasado reciente. Lo que es necesario es la valentía de los jueces y fiscales. Me parece que yerran quienes siguen pensando en la derogación de dicha ley. La Ley de Amnistía, para los efectos de la historia, ya está muerta; invocar su derogación como condición sine qua non para proceder a los juicios que aún se deben, es un error de ingenuidad (naïve) o un error de mala fe. De cualquier manera es invocar a un fantasma.
La otra manera de entender mi afirmación sobre que la Ley de Amnistía es un fantasma, ya no atañe a su origen metafísico -como el anterior, representando la presencia de algo muerto en

Una delegación gubernamental salvadoreña recientemente visitó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) para dar seguimiento a las recomendaciones derivadas del caso relacionado con el asesinato de Monseñor Romero, en el cual el Estado fue requerido a juzgar a los responsables. Ese caso recibió en el año 2000 un informe final (número 37/00) en el que el Estado fue hayado responsable de la violación al derecho a la vida del Obispo Mártir. Esta reciente audiencia, convocada para evaluar el cumplimiento de las recomendaciones de la CIDH, fue utilizada por la delegación

El "ABC" del litigio de casos indica que la discusión sobre la responsabilidad ya está cerrada, lo que ahora toca es cumplir con las recomendaciones, que fueron tres: hacer justicia evitando la impunidad, reparar las consecuencias incluyendo una indemnización, y adecuar la legislación interna dejando sin efecto la Ley de Amnistía. De todo esto, lo único que tal vez puede llegar a negociarse en un eventual acuerdo entre el Gobierno y el Arzobispado es la modalidad en la que el Estado debería pedirle perdón a la Iglesia Católica en el marco de la reparación de las consecuencias del crimen, pero el tema de la impunidad no es objeto de negociación, es un asunto del ordre public internacional donde no cabe acuerdo en contrario. A propósito, un buen punto a favor del Estado sería informar a la CIDH que por efecto de la Sentencia de Inconstitucionalidad 24-97 y 21-98 (acumulados) la Ley de Amnistía no puede más ser utilizada para mantener la impunidad a las graves violaciones a los derechos humanos sucedidas durante el período que cubre.
En todas partes de América Latina, donde han existido amnistías y autoamnistías, la historia demuestra que su superación ha contribuido a que las sociedades crezcan en sentido democrático y en imperio de la ley, y ninguna se ha deteriorado por llevar a juicio a los responsables de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas durante el pasado reciente. El sistema político salvadoreño debería darse la oportunidad de renacer libre de temores, miedos y fantasmas; el sistema político salvadoreño debe fortalecer el Estado de Derecho, eliminando toda forma de impunidad. Sólo así podremos empezar a recuperar el ideal de rumbo que nos merecemos como país.
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