sábado, 27 de octubre de 2007

La Impunidad

La palabra impunidad evoca una situación muy concreta: no establecer una pena cuando ésta es procedente. Si el Estado de Derecho implica el imperio de la ley y la consecuente sujeción de la voluntad estatal al marco jurídico, la impunidad podría entenderse como la negación del Estado de Derecho. No hay más que decir. El combate a toda forma de impunidad, del ayer, del hoy y del mañana, debe ser uno de los puntos centrales de un Plan de Gobierno que pretenda ser exitoso: ¿Qué sucedería a un Presidente si los factores reales de poder lo mueven hacia un terreno que funcione al margen de la ley? Perdería toda credibilidad y legitimidad. La fuerza de un Presidente descansa en la aplicación de la ley, en el cumplimiento indefectible de la misma. Por eso se llama Órgano Ejecutivo, y por eso su primera atribución/obligación constitucional es, justamente, cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados, las leyes y demás disposiciones legales (Artículo 168.1 Constitución). La impunidad desarticula la institucionalidad de un país y envenena la calidad de su democracia: ¿O acaso ya olvidaron los salvadoreños y las salvadoreñas que la Ley de Integración Monetaria (dolarización) existe gracias a la impunidad en la que se preservaron ciertos delitos cometidos por un Diputado?

La impunidad es perniciosa para una sociedad porque rompe la credibilidad y la confianza en la legalidad. Al garantizar la impunidad, los conflictos sociales serán solucionados siempre en favor de quien tenga más poder político, económico o social. Es muy claro, entonces, quién o quiénes son los interesados en el mantenimiento de un régimen de impunidad. Por otra parte, la impunidad tiene múltiples formas de operar, desde la inutilidad del sistema de justicia, por ignorancia, corrupción o desidia, hasta llegar a su manifestación más perversa que es la creación de un régimen legal que la apoye y justifique. Esta es la situación más grave precisamente porque el Estado, que a lo largo de la historia expropió los conflictos humanos para justificar la existencia de la Administración de Justicia, ahora usa uno de sus instrumentos más valiosos -la ley- para negar una de sus razones de existencia. En realidad la impunidad es un suicidio del sistema político. Debería preocupar en exceso a quienes tienen un mínimo interés por las cosas públicas. En el caso de El Salvador, ello pasó con la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz (en adelante "Ley de Amnistía").

La Ley de Aministía es un fantasma, en un doble sentido: primero porque como buen fantasma, no es más que la recreación -más o menos consciente- de un muerto entre los vivos; segundo porque es algo que despierta los miedos y temores, como el fantasma que a mediados del siglo XIX recorrió a Europa. La Ley de Amnistía fue creada como reacción del Informe de la Comisión de la Verdad para El Salvador, memorable documento atinadamente llamado "De la Locura a la Esperanza", para brindar una sábana protectora de impunidad a quienes ahí resultaban señalados; en el calor de los acontecimientos hubo un miedo generalizado a la acción de la justicia; los unos asustaron a los otros (a veces con razón, pero la mayoría de las veces sin razón), y todos concurrieron eufemísticamente, raudos y veloces, a invocar su procedencia bajo el supremo propósito de consolidar la paz. Una paz "consolidada" sobre la base de la impunidad corre el riesgo de ser ruin o espuria.

Olvidan algunas personas, especialmente aquellas que hoy pretenden levantar como triunfante escudo a la Ley de Amnistía, que la Sala de lo Constitucional mediante la Sentencia de Inconstitucionalidad 24-97 y 21-98 (acumulados) dijo muy claramente que la amnistía concedida ... es aplicable únicamente en aquellos casos en los que... no impida la protección en la conservación y defensa de los derechos de la víctima o sus familiares, es decir cuando se trata de delitos cuya investigación no persigue la reparación de un derecho fundamental. De esta manera no es cierto que sea necesaria una derogación de la Ley de Amnistía para juzgar a los culpables de las violaciones a los derechos humanos sucedidas en el pasado reciente. Lo que es necesario es la valentía de los jueces y fiscales. Me parece que yerran quienes siguen pensando en la derogación de dicha ley. La Ley de Amnistía, para los efectos de la historia, ya está muerta; invocar su derogación como condición sine qua non para proceder a los juicios que aún se deben, es un error de ingenuidad (naïve) o un error de mala fe. De cualquier manera es invocar a un fantasma.

La otra manera de entender mi afirmación sobre que la Ley de Amnistía es un fantasma, ya no atañe a su origen metafísico -como el anterior, representando la presencia de algo muerto en nuestro mundo vivo- sino a su utilización en el terreno, como una fuente para el miedo, sabiendo que el miedo paraliza a las personas. La Ley de Amnistía -lo que de ella queda- se ha convertido en una suerte de leyenda. Se pretende concebir a la Ley de Amnistía como un anatema, un asunto prohibido que es mejor no tocar ni remover, porque se descalabraría el país. Hay que preguntarse críticamente el por qué de esa afirmación. Ninguna persona señalada por el Informe de la Comisión de la Verdad podrá ser condenada si no existen pruebas suficientes que la incriminen en uno de los hechos que se le atribuyen. Así de fácil. ¿O prefieren los cultivadores de las leyendas que se sigan empleando los sistemas de justicia de otros países para llevar a juicio a esos responsables? En el criterio de tales personas el país se desmoronaría si los juicios se llevan en El Salvador, pero no si se realizaran en otros países -como ya ha comenzado a suceder- por ejemplo en Estados Unidos, Francia, Holanda o España. Además, ¿qué sucedería si los amnistiados cometieron hoy nuevos delitos por los que tuvieran que enfrentar la cárcel, así sean homicidios o desfalcos empresariales? ¿Se desmoronaría igualmente el país? Este último argumento revela la falacia que encubre a la leyenda, y explica que la alusión a la Ley de Amnistía es sólo para meter miedo.... O mejor aún, es para garantizar la impunidad de unos a partir del miedo de los otros.

Una delegación gubernamental salvadoreña recientemente visitó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) para dar seguimiento a las recomendaciones derivadas del caso relacionado con el asesinato de Monseñor Romero, en el cual el Estado fue requerido a juzgar a los responsables. Ese caso recibió en el año 2000 un informe final (número 37/00) en el que el Estado fue hayado responsable de la violación al derecho a la vida del Obispo Mártir. Esta reciente audiencia, convocada para evaluar el cumplimiento de las recomendaciones de la CIDH, fue utilizada por la delegación gubernamental para plantear dos argumentos contradictorios, por una parte dijo que niega su responsabilidad en la muerte de Monseñor Romero, pero por la otra que hay un diálogo entre el Gobierno y el Arzobispado que eventualmente podría culminar con un acuerdo sobre el caso.

El "ABC" del litigio de casos indica que la discusión sobre la responsabilidad ya está cerrada, lo que ahora toca es cumplir con las recomendaciones, que fueron tres: hacer justicia evitando la impunidad, reparar las consecuencias incluyendo una indemnización, y adecuar la legislación interna dejando sin efecto la Ley de Amnistía. De todo esto, lo único que tal vez puede llegar a negociarse en un eventual acuerdo entre el Gobierno y el Arzobispado es la modalidad en la que el Estado debería pedirle perdón a la Iglesia Católica en el marco de la reparación de las consecuencias del crimen, pero el tema de la impunidad no es objeto de negociación, es un asunto del ordre public internacional donde no cabe acuerdo en contrario. A propósito, un buen punto a favor del Estado sería informar a la CIDH que por efecto de la Sentencia de Inconstitucionalidad 24-97 y 21-98 (acumulados) la Ley de Amnistía no puede más ser utilizada para mantener la impunidad a las graves violaciones a los derechos humanos sucedidas durante el período que cubre.

En todas partes de América Latina, donde han existido amnistías y autoamnistías, la historia demuestra que su superación ha contribuido a que las sociedades crezcan en sentido democrático y en imperio de la ley, y ninguna se ha deteriorado por llevar a juicio a los responsables de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas durante el pasado reciente. El sistema político salvadoreño debería darse la oportunidad de renacer libre de temores, miedos y fantasmas; el sistema político salvadoreño debe fortalecer el Estado de Derecho, eliminando toda forma de impunidad. Sólo así podremos empezar a recuperar el ideal de rumbo que nos merecemos como país.

1 comentario:

RICARDO IGLESIAS dijo...

Carlos: Te felicito por abrir el blog. Será una contribución muy importante para la reflexión y el debate. Concuerdo contigo en el enfoque sobre la amnistía. Debo agregar que derogar la amnistía no producirá ningún efecto jurídico ni ningún beneficio a las víctimas, pues sería reconocer sus plenos efectos y la "legalidad" del perdón. Derogarla no impactaría la supuesta extinción de la acción penal -- ley más favorable al imputado -- y no implicaría ningún pronunciamiento legislativo sobre su inaplicabilidad. Es necesario que jueces y fiscales reivindiquen la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos como normas superiores a esta oprobiosa ley. Por cierto, al compararla con amnistías dictadas en otras partes del mundo, ninguna se compara con su amplitud. ¡La Ley de Amnistía consideró como delitos políticos incluso los actos de corrupción de jueces y funcionarios públicos!

Sigue adelante...